Por Fortino Cisneros Calzada
Ora viene a resultar que una tropilla de dizque estudiantes de Derecho se ha manifestado públicamente en contra de la reforma judicial. No es posible encontrar mayor contrasentido en los rumbos en que se forjó la autonomía universitaria. Parodiando a Jesús, habría que decir de esta bola de mequetrefes: “Señor, perdónalos porque no saben lo que hacen”. Si el Derecho es el conjunto de leyes que rigen en el país y que la Constitución es la ley máxima, su observancia es primordial y fundamental.
Ningún mandato está por encima de la Constitución para los habitantes del Anáhuac; pero, menos, mucho menos, para estudiantes y profesionales del Derecho, incluyendo a la Corte y sus cortesitos. Dice su Artículo 1o.- “En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece”.
Siendo un texto tan claro como el agua del Chorrito, los revoltosos no logran entenderlo y menos asimilarlo, por ello no se les puede pedir que entiendan y atiendan el contenido del Artículo 39: “ La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”. ¡El todo incluye al Poder Judicial!
Si la señora que sirve de guiñol a Luis María Aguilar Morales quiere buscarle tres pies al gato, tiene una respuesta clara y contundente en el mismo texto constitucional cuya defensa (¡que absurdo!) está a su cargo. El mandato del pueblo fue contundente en las votaciones del 2 de junio en el que, como parte del Plan C, se planteaban las reformas necesarias para rescatar al país y a los paisanos de la garras del neoliberalismo feroz que va por el mundo engullendo todo lo que encuentra. ¡Ni pa´onde!
Académicamente, “El Derecho es el conjunto de normas que imponen deberes y confieren facultades que establecen las bases de convivencia social y cuyo fin es dotar a todos los miembros de la sociedad de los mínimos de seguridad, certeza, igualdad, libertad y justicia”. Esas normas no incluyen piñas, sino derechos y obligaciones que son aplicables a todos por igual, sin distinción de estatus, sean nacos, fifís o mequetrefes.
Los fines del Derechos son: La seguridad.- “Garantía dada al individuo, de que su persona, sus bienes y sus derechos no serán objetos de ataques violentos o que, si estos llegan a producirse, le serán asegurados por la sociedad, protección y reparación”. La justicia.- El hábito según el cual, alguien, con constante y perpetua voluntad, da a cada uno su derecho. El bien común.- Conjunto organizado de condiciones sociales gracias al cual la persona humana puede cumplir su destino natural y espiritual.
Julien Bonnecase establece que la ley tiene dos significados, uno estricto y uno amplio; en sentido estricto: “La ley es una regla de derecho directamente emanada del Poder Legislativo, con aprobación y sanción del Poder Ejecutivo, mediante la promulgación respectiva”; pero en su sentido amplio, “La ley es una regla abstracta y obligatoria de la conducta, de naturaleza general y permanente, que se refiere a un número indefinido de personas, de actos o hechos, con aplicación durante un tiempo indefinido y dotada del carácter coercitivo del derecho”.
En cualquiera de los dos casos, nada tienen que impugnar ni los estudiantes ni los profesionales del Derecho, sean piñas o no. Si el pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno, y si todo todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste, no existe el menor resquicio para que pueda colarse una brizna de objeción. La Corte está para obedecer y hacer obedecer el mandato constitucional, le guste o no.