Por Federico Anaya Gallardo:
La Suprema Corte de Justicia de la Nación es un poder político. Esta realidad tan evidente –sin embargo– es casi invisible a sus operadores. Los ojos del jurista están cubiertos con la venda del formalismo legal. Los jus-positivistas se han creído aquello de la teoría pura del Derecho del viejo Hans Kelsen. En su mundo de abstracciones, la norma jurídica no tiene contenidos ideológicos ni políticos. Es sólo elegante formalidad y procedimiento estricto. Nos vendría bien recordar el dictum del escritor francés Emmanuel Carrère (n.1957): El código penal es lo que impide a los pobres robar a los ricos y el código civil es lo que permite a los ricos robar a los pobres. Bien decía Monseñor Romero: “La justicia es como la serpiente, sólo muerde a los que están descalzos”.
Con lo anterior en mente, lectora, te recomiendo ver y escuchar el comentario de Pedro Mellado en el programa “Diez al Cierre” de SinEmbargo transmitido el pasado lunes 8 de mayo de 2023 (Liga 1). Luego de reportar la declaración de inconstitucionalidad del primer decreto de la reforma electoral obradorista (el “Plan B”) que había hecho el Pleno de la Corte esa mañana, Mellado leyó “como un punto de contextualización y referencia” a su audiencia (minuto 20:45 & ss) parte de una nota publicada por El Universal el jueves 12 de diciembre de 2013. Ese diario de derechas reportaba la aprobación, en Cámara de Diputados, de la Reforma Energética durante el sexenio de Peña Nieto. Se aprobó en un salón de plenos alterno, sin habérsele dado turno a comisiones. A favor votaron 354 de las derechas: PRI, PAN, PVEM y Panal. En contra votaron las izquierdas: 134 legisladoras del PRD, PT y MC. (Recordemos que Morena aún no era partido político en ese momento.)
De acuerdo con los números reportados por El Universal en 2013 y recordados por Mellado diez años más tarde, había en aquella atropellada sesión 488 personas legisladoras presentes. Recordemos, lectora, que se necesitan 166 diputadas para poder interponer una Acción de Inconstitucionalidad (una tercera parte). Los 134 izquierdistas que se opusieron en aquella ocasión a la reforma estaban 32 votos debajo. Incluso si los 12 ausentes se les hubiesen unido no alcanzaban el tercio requerido. (La minoría habría podido argumentar las fallas en el procedimiento parlamentario para detener la reforma.)
Mellado comentó con amargura en “Diez al cierre” la notoria diferencia con que la sociedad política (léase las élites políticas tradicionales) trataron aquella reforma en el sexenio Peña Nieto y el modo con que juzgan hoy día las reformas del obradorismo. En 2013 se dispensaron trámites por urgente necesidad y se ignoraron los argumentos de la oposición. En aquel tiempo la Corte no hizo nada. Hoy, nos dice Mellado, la Corte detiene todo “con criterios muy rigoristas”. Su compañera de noticiero, Romina Gándara, comentó que “los vicios se siguen repitiendo a pesar de los años e independientemente de los partidos. Porque el principal argumento … de los ministros … [es el que] dijo el ministro Arturo Zaldívar: no se puede discutir, en un debate es imposible discutir algo que no se conoce».
Mellado y Gándara tienen razón. Las fallas del procedimiento parlamentario son las mismas. ¿A dónde reside entonces la diferencia? Ubico dos respuestas.
Primero, en la correlación de fuerzas políticas. En 2013, la minoría de izquierdas no tenía los números para impugnar las fallas de procedimiento parlamentario. En 2023, la minoría de derechas sí los tiene. En 2013 no llegó Acción de Inconstitucionalidad ante la Suprema Corte. En 2023 sí.
Segundo, en el posicionamiento político de la Suprema Corte. Aunque la izquierda no pudo interponer acción de inconstitucionalidad, en 2014 el recién constituido Morena y el PRD promovieron dos consultas ciudadanas sobre la reforma energética peñista. Reunieron las firmas necesarias, estas fueron validadas por el INE y las preguntas propuestas llegaron a la Corte. (Liga 2.)
Morena proponía que se consultara a la ciudadanía “¿Estás de acuerdo o no con que se otorguen contratos o concesiones a particulares nacionales o extranjeros para la explotación del petróleo, el gas, la refinación, la petroquímica y la industria eléctrica?”
El PRD proponía preguntar: “¿Está de acuerdo con que se mantengan las reformas a los artículos 25, 27 y 28 de la Constitución en materia energética?”
mbas preguntas fueron consideradas inconstitucionales por nueve ministras y ministros. En aquella ocasión sólo votó a favor de las consultas promovidas por la izquierda José Ramón Cossío Díaz (n.1960), ministro electo por el Senado a propuesta de Vicente Fox en 2003 en el sillón de Anguinaco Alemán. Margarita Luna Ramos (n.1956) y electa por el Senado a propuesta de Vicente Fox en 2003 en el sillón de Castro y Castro votó en contra señalando que la pregunta planteada por el PRD era “difícil de contestar, porque es muy amplia, maneja muchos temas, y por esta razón es confusa”. Olga Sánchez Cordero y Juan Silva Meza, ministros de 20 años electos por el Senado a propuesta de Ernesto Zedillo en 1995 –y quienes hoy tienen fama de progresistas– votaron contra las consultas alegando que la reforma energética aseguraba ingresos al Estado y por lo mismo no se podía cuestionar vía consulta ciudadana.
Bien se nota que la justicia de la Corte es como las serpientes… Para cambiar la correlación de fuerzas fueron necesarios aún otros cuatro años de organización popular, denuncia y resistencia contra las mil trampas hechas por las derechas. Hoy sabemos que la reforma energética no sólo impidió la deliberación parlamentaria, sino que corrompió con dinero el voto de las y los legisladores. Pero nada de esto es relevante para los juristas formalistas que se sientan en nuestro alto tribunal.
Desde 2018 la izquierda tiene la mayoría simple en ambas cámaras federales, pero las derechas cuentan holgadamente con el tercio de curules y escaños necesarios para impugnar cualquier reforma por vía de Acción de Inconstitucionalidad. La Corte recibe todas y cada una de esas impugnaciones. Esto es correcto, pero lo que es incorrecto es la afinidad electiva e ideológica entre los promoventes y los juzgadores.
El caso más claro de lo que afirmo lo veremos muy pronto. Entre las reformas que se aprobaron en los últimos días del segundo periodo ordinario de sesiones del Congreso de la Unión, a finales de abril de este año de 2023, están los cambios a la Ley Minera de 1992 que buscan proteger los derechos de los pueblos indígenas, afrodescendientes y campesinos contra la minería capitalista. En 2022, en el Caso Tecoltemi vs Minera Gorrión, la Suprema Corte se negó a declarar inconstitucional esa vieja ley salinista, pese a que tanto la Semarnat como el INPI obradoristas presentaron sendos amicus curiæ pidiendo eso. (Liga 3.)
La afinidad electiva e ideológica entre las derechas y la Suprema Corte de Justicia de la Nación se refleja en otros detalles. Pese a la gravedad de las violaciones a derechos humanos de los pueblos originarios, y pese a los criterios que el alto tribunal ha ido creando en materia, por ejemplo, de obras de infraestructura que afectan el territorio de esos pueblos (Caso Presa El Zapotillo, 2012-2013); a la fecha no se han creado juzgados de distrito especializados en esos temas. En cambio, sí existen juzgados especializados en competencia económica, energía y telecomunicaciones. Seguramente mis amigas en el poder judicial me dirán aquí que estos últimos se crearon porque las reformas constitucionales y legales del peñismo así lo ordenaban. Les respondo que el Consejo de la Judicatura, que encabeza la persona que preside la Corte, bien podría crear juzgados especializados para proteger los derechos colectivos de pueblos y comunidades sin necesidad de mandato expreso. No se hace porque ideológicamente no está en el horizonte de Sus Señorías ministros y ministras.
Ligas usadas en este texto:
Liga 1:
https://www.youtube.com/watch?v=vA9_bXNbXpQ
Liga 2:
https://elpais.com/internacional/2014/10/31/actualidad/1414728771_923905.html
Liga 3:
https://www.rompeviento.tv/gana-tecoltemi-pierde-minera-gorrion/
Texto original: https://julioastillero.com/la-corte-como-poder-politico-2006-2018-autor-federico-anaya-gallardo/