Un tribunal federal de apelaciones del Noveno Circuito de Estados Unidos con sede en San Francisco, dictaminó que la Orden Ejecutiva del presidente Donald Trump, donde pretendía eliminar la ciudadanía por derecho de nacimiento para hijos de migrantes indocumentados o con visas temporales, es inconstitucional. Esta decisión ratifica un fallo previo de un juez de Seattle y representa un nuevo revés a la agenda antimigratoria de la administración de Trump.
La Orden Ejecutiva, firmada el 20 de enero de 2025, buscaba restringir la ciudadanía automática a bebés nacidos en suelo estadounidense, limitándola a aquellos con al menos un progenitor ciudadano o con residencia permanente. Según la administración, esta medida cerraría una «laguna legal» que fomenta la inmigración ilegal. Sin embargo, el tribunal, en un fallo de 2-1, determinó que la orden viola la 14 Enmienda de la Constitución, que garantiza la ciudadanía a «todas las personas nacidas o naturalizadas en Estados Unidos, y sujetas a su jurisdicción».
Los jueces Michael Hawkins y Ronald Gould, concluyeron que el tribunal de distrito actuó correctamente al emitir una medida cautelar a nivel nacional para proteger a los hijos de inmigrantes mientras se resuelve el caso. Mientras que el juez Patrick Bumatay (nombrado por Trump), emitió un voto disidente, argumentando que los estados demandantes de gobiernos demócratas (Washington, Arizona, Illinois y Oregón) no tienen legitimidad para solicitar una medida cautelar universal. Asimismo, la mayoría del panel destacó la necesidad de un bloqueo nacional.
La ciudadanía por derecho de nacimiento, conocida como jus soli (derecho del suelo), está consagrada en la 14 Enmienda de la Constitución desde 1868 y fue reafirmada por la Corte Suprema en 1898 en el caso Wong Kim Ark contra Estados Unidos.
Este principio beneficia a aproximadamente 250 mil bebés nacidos anualmente en Estados Unidos de padres indocumentados, según datos del Centro de Investigaciones Pew de 2016.