CNDH EMITE RECOMENDACIÓN A LA SEDENA Y A LA FGR POR VIOLACIONES GRAVES A DDHH Y PRIVACIÓN ARBITRARIA DE LA VIDA EN EL CASO DE CINCO PERSONAS PRIVADAS DE LA VIDA POR MILITARES EN NUEVO LAREDO, TAMAULIPAS*
<<Las violaciones graves también afectaron a los núcleos familiares de las personas que lamentablemente perdieron la vida, quienes no han accedido a justicia pronta ni reparación de daños
La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) emitió la Recomendación 119VG/2023 dirigida a la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) y a la Fiscalía General de la República (FGR) por violaciones graves a los derechos humanos a la vida, a la seguridad jurídica e integridad personal, en agravio de cinco personas que fueron interceptadas a bordo de un vehículo por 4 elementos de la SEDENA en Nuevo Laredo, Tamaulipas, el 18 de mayo de 2023, así como de sus respectivos núcleos familiares, a quienes se les transgredió su derecho de acceso a la justicia, por obstrucción en el curso legal de una carpeta de investigación, y no han accedido a la justicia pronta ni a la reparación integral de daños que por derecho les corresponde.
El 6 de junio de 2023, esta Comisión Nacional tuvo conocimiento de notas periodísticas que referían que el 18 de mayo de 2023, elementos del ejército mexicano reportaron que cinco civiles armados murieron en un enfrentamiento en la ciudad de Nuevo Laredo, Tamaulipas. Sin embargo, en una videograbación se mostró otra sucesión de hechos, por lo que se inició la queja de oficio con el objetivo de indagar sobre las posibles violaciones a los derechos humanos cometidas por los elementos de la SEDENA.
Con los elementos recabados, la CNDH pudo evidenciar que las cinco personas interceptadas por los elementos castrenses fueron víctimas de privación arbitraria de la vida a través del uso ilegítimo de armas de fuego por cuatro elementos militares, con lo cual transgredieron derechos constitucionales y los previstos en tratados internacionales como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, y la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Esta Comisión Nacional también acreditó que un perito responsable de la FGR, responsable del análisis y elaboración de los dictámenes de mecánica de lesiones de las víctimas, concluyó que existía correlación entre los hechos narrados en el Informe Policial Homologado, suscrito por un oficial del Ejército Mexicano, y las lesiones descritas por las documentales médicas, lo que resultó falso, y con tal acción se entorpeció el curso legal de la carpeta de investigación y por lo tanto, el acceso a la justicia para las víctimas directas y las indirectas que forman parte de sus núcleos familiares.
En el presente caso, la Comisión Nacional acreditó que las personas servidoras públicas responsables, dejaron en estado de indefensión a las víctimas y a sus familias al no ceñirse a los principios constitucionales y legales que rigen su actuar, y considera que con sus acciones afectaron a la sociedad en su conjunto, pues vulneraron el derecho a la seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal y a la vida, por el uso excesivo de la fuerza, pues se observó que las víctimas se encontraban esposadas y totalmente sometidas y sin armas a su alcance. Asimismo, la CNDH pudo concluir que en el presente caso ha existido una inadecuada procuración de justicia en la investigación del delito cometido, lo que ha ocasionado la vulneración del derecho a una investigación efectiva y exhaustiva por parte de la autoridad ministerial, lo cual contribuye a la impunidad.
Ante estos hechos, la Comisión Nacional solicitó a la SEDENA que proceda a la inmediata reparación integral del daño ocasionado a cinco víctimas y sus correspondientes núcleos familiares, en especial a los descendientes que se acrediten; y se les otorgue la atención médica, psicológica y tanatológica que necesiten, las cuales se les deberá brindar por personal especializado ajeno a la SEDENA, de manera gratuita, de forma continua y atendiendo a las condiciones específicas de las victimas indirectas.
La SEDENA deberá colaborar ampliamente en la integración de la carpeta de investigación en curso en la FGR, y en la causa penal que se tramita en el fuero militar, ambas en contra de las personas servidoras públicas señaladas como participantes en los hechos; y deberá colaborar ampliamente en el trámite y seguimiento del procedimiento administrativo y de disciplina militar que se inicie ante el Órgano Interno de Control de la SEDENA, con motivo de la denuncia administrativa que formulará la CNDH.
Igualmente, deberá diseñar un plan de formación integral que incluya, además de valoraciones y acompañamientos psicológico para el personal que intervino en los hechos, cursos sobre el Manual de Uso de la Fuerza y la Ley Nacional sobre el Uso de la Fuerza, especialmente sobre el uso legítimo de las armas de fuego, dirigido específicamente a los elementos del 5° Batallón de las Fuerzas Especiales del Estado de México, así como al personal de la Base de Operaciones Laguito, en Nuevo Laredo, Tamaulipas, que participe en las tareas de seguridad pública.
Por su parte, la FGR deberá colaborar ampliamente en el seguimiento de la denuncia de hechos que esta CNDH presente en contra del perito oficial señalado por las acciones y omisiones en que incurrió en el ámbito de su responsabilidad, para el desahogo de la investigación, y que se inicie el procedimiento judicial que corresponda para que se investigue y sancione conforme a derecho proceda. También, deberá proceder para que el Órgano Interno de Control de la FGR deslinde las responsabilidades y sanciones administrativas del caso, y deberá diseñar e impartir un curso integral en materia de derechos humanos, dirigido a los peritos en funciones en las oficinas de la FGR en Nuevo Laredo, que incluya al perito oficial involucrado, el cual deberá estar enfocado en la importancia que tiene la elaboración y emisión de mecánicas de lesiones como parte de los procedimientos de integración de carpetas de investigación, y que deberá ser efectivo para evitar la repetición de hechos similares.
La Recomendación 119VG/2023 ya fue debidamente notificada a sus destinatarios y puede consultarse en la página web cndh.org.mx ¡Defendemos al Pueblo!