La presidenta de México, Claudia Sheinbaum, dio a conocer seis acciones con las que atenderá el problema de desaparición de personas en el país.
Durante la conferencia matutina la mandataria aclaró que la desaparición de personas en México era perpetrada por el Estado pero ahora está vinculada, principalmente, con la delincuencia organizada.
«Es importante aclarar que antes, en el pasado, la desaparición en México era perpetrada por el Estado, ahora está principalmente vinculada con la delincuencia organizada. En cualquier caso, es un delito sumamente grave que debe prevenirse, atenderse y sancionarse y, por ello, actuaremos en el marco de la ley y con toda la fuerza del Estado«, señaló.
Sheinbaum indicó que pondría en marcha seis acciones inmediatas para atención al tema, entre las que destaca la consolidación del Certificado Único de Registro de Población, el envío de una reforma a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, además de que, en caso de desaparición, ya no será necesario esperar 72 horas para reportar ante las autoridades.
Estas son las seis acciones:
1.Reforma a la Ley General de Población, para consolidar el Certificado Único de Registro de Población (CURP) como la fuente única de identidad de las personas que permita cruzarla con todos los registros administrativos que existen en el país, para generar alertas que faciliten la identificación de indicios de vida de personas reportadas como desaparecidas. En esta labor participará la Secretaría de Gobernación, por medio del Registro Nacional de Población (RENAPO), y la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT).
2. Reforma a la actual Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas, para:
– Crear la Base Nacional Única de Información Forense que se alimente con datos de los servicios periciales de las 32 Fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República, así como de los servicios forenses estatal y federal.
– Crear la Plataforma Nacional de Identificación Humana que comunique y actualice la totalidad de registros administrativos y forenses de cualquier autoridad de todo el país, incluido, cuando así se le llame, el registro electoral del Instituto Nacional Electoral (INE) para cotejo de huellas dactilares, realizar consultas que identifiquen indicios de vida o incluso, a personas fallecidas.
– Fortalecer el Centro Nacional de Identificación Humana que tendrá a su cargo la gestión de la Plataforma Nacional de Identificación Humana, que contará con todas las técnicas, incluida la identificación de ADN, con el apoyo de Instituciones Científicas y en colaboración con la Fiscalía General de la República, las Fiscalías estatales, la Comisión Nacional y las Comisiones estatales de Búsqueda, así como la Agencia de Transformación Digital.
3. Incorporar en la Ley nuevos protocolos que permitan generar una alerta de búsqueda inmediata en todas las corporaciones y entidades del país, así como abrir de inmediato carpetas de investigación por el delito de desaparición o no localización, sin necesidad de esperar 72 horas como todavía ocurre en algunos estados de la República.
4. Equiparar el delito de desaparición al de secuestro, y homologar tanto penas como procedimientos de investigación del delito de desaparición en todas las Fiscalías estatales y la Fiscalía federal.
5. Establecer la publicación mensual de las cifras de carpetas de investigación sobre desapariciones de las Fiscalías estatales y la Fiscalía General de la República, por medio del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública.
6.Fortalecer la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para el acompañamiento, apoyo y asesoría a todos los familiares que tienen alguna persona desaparecida.