Martha Olivia López
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación resolvió desechar de plano la demanda de impugnación, presentada por el Partido Acción Nacional (PAN) y con esta medida se confirma que serán cinco los magistrados electorales y no tres, como lo pretendían los albiazules en Tamaulipas.
El argumento: “en virtud de que quien lo promueve carece de personería”, se lee en la resolución del expediente SUP-JE-74/2020 publicada el 14 de noviembre del 2020.
El pasado 23 de octubre, el Congreso de Tamaulipas aprobó una reforma y modificó el párrafo tercero, fracción quinta del artículo 20 de la Constitución Local.
El legislador, Arturo Soto Alemán había presentado a nombre de su fracción la iniciativa para reducir de cinco a tres los Magistrados que integran el Pleno del Tribunal Electoral del Estado (Trieltam), tras un intenso debate, se aprobó con 25 votos a favor del PAN, nueve en contra de Morena, y una abstención de Movimiento Ciudadano; el argumento fue “razones de austeridad” y que el ahorro que se generaría por se aplicaría al rubro de salud.
El veintiocho de octubre, la Junta de Coordinación Política del Senado de la República emitió
convocatoria pública “para ocupar los cargos de Magistrada o Magistrado de los órganos jurisdiccionales locales en materia electoral de los estados de Aguascalientes, Baja California, Tamaulipas y Zacatecas”; de conformidad con la base décima primera, el nombramiento será por un periodo de siete años.
Posteriormente el PAN, se inconformó por esta convocatoria porque a su parecer, contravenía con la reforma aprobada en el Congreso Local el 23 de octubre.
En el expediente, la Sala Superior señala que en el caso de Alejandro de Jesús Martínez Ledesma quien se ostenta como representante del PAN ante el Consejo General del Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas, “el promovente se encuentra facultado exclusivamente para promover medios de impugnación en representación del PAN respecto de aquellos actos del Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas que pudieran afectar los intereses del partido”.
En ese sentido, añade, es evidente que el promovente no tiene personería para combatir a nombre del PAN la referida convocatoria, toda vez que no la emitió el Instituto Electoral del Estado de Tamaulipas, sino la Junta de Coordinación Política del Senado de la República.